Descripción:
Al ingresar mediante la plataforma del Sistema de Admisión Escolar (SAE), solo aquellas familias que cuenten con una vinculación entre el(la) apoderado y un menor (que cumpla con la edad mínima del curso respectivo) podrá postular durante el periodo de postulación principal y/o complementario.
Por lo tanto, este trámite permite que familias chilenas o extranjeras, que cuenten con RUN chileno y que no puedan continuar con la postulación de uno/a o más estudiantes, dado que no existe la vinculación entre el (la) apoderado, puedan solicitar la vinculación entre los (las) integrantes de su familia (padres/ hijos/ hermanos) y/o las vinculaciones no consanguíneas (tutores legales/tutores simples).
¿A quién va dirigido?
A personas chilenas o extranjeras, mayores de 18 años, que cumplan con los siguientes requisitos:
-Ser apoderado (a)dela (el) postulante (Madre/Padre/Abuelos/Tutor legal/Tutor simple).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Apoderada de nacionalidad chilena:
- Certificado de nacimiento del postulante (todo trámite)
- Cédula de identidad del postulante (en caso de tenerla).
- Cédula de identidad de Madre/Padre/Abuela/Abuelo/Hermanas/Hermanos (según aplique).
Apoderada(o) nacionalidad extranjera:
- Certificado de nacimiento del registro civil o certificado de nacimiento del país de origen del postulante.
- Cédula de identidad del postulante (en caso de tenerla).
- Cédula de identidad de Madre/Padre/Abuela/Abuelo/Hermanas/Hermanos (según aplique) .
En caso de solicitar vinculación de un tutor simple de forma presencial debe presentar, además:
-Declaración jurada simple para tutor simple.
En caso de solicitar la vinculación como tutor (a) Legal, es necesario contar la documentación legal vigente que acredite el cuidado personal y/o tutoría legal de la (el) postulante.
-Inscripción de nacimiento del estudiante con sub-inscripción al margen, donde conste el acuerdo que determina el cuidado personal del menor.
-Escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, donde conste la determinación de la persona que debe ejercer el cuidado personal del menor (en caso de que ésta no haya sido sub-inscrita al margen de la inscripción de nacimiento en los términos del numeral anterior).
-Resolución judicial donde conste la determinación de la persona que debe ejercer de manera provisoria o definitiva el cuidado personal del menor.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
-En la página web de Ayuda Mineduc - trámites en línea.
-En las Oficinas de Ayuda Mineduc: revisa el horario de atención de las oficinas aquí.
¿Cuál es el plazo de respuesta si la solicitud se realiza a través del formulario disponible en línea?
El plazo de respuesta es de 7 días hábiles.
IMPORTANTE:
Si efectúa la solicitud vía web y desea participar del Periodo Principal de postulación (del 02 al 30 de agosto de 2024), deberá completar el formulario a más tardar hasta el día 23 de agosto a las 18:00 horas.
MÁS INFORMACIÓN
Visite www.sistemadeadmisionescolar.cl
Llame al call center Ayuda Mineduc 600 600 2626 (para llamar desde celulares 442360047)
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