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Descripción: 

Al ingresar mediante la plataforma del Sistema de Admisión Escolar (SAE), solo aquellas familias que cuenten con una vinculación entre el(la) apoderado y un menor (que cumpla con la edad mínima del curso respectivo) podrá postular durante el periodo de postulación principal y/o complementario.

Por lo tanto, este trámite permite que familias chilenas o extranjeras, que cuenten con RUN chileno y que no puedan continuar con la postulación de uno/a o más estudiantes, dado que no existe la vinculación entre el (la) apoderado, puedan solicitar la vinculación entre los (las) integrantes de su familia (padres/ hijos/ hermanos) y/o las vinculaciones no consanguíneas (tutores legales/tutores simples).

¿A quién va dirigido?

A personas chilenas o extranjeras, mayores de 18 años, que cumplan con los siguientes requisitos:

-Ser apoderado (a)dela (el) postulante (Madre/Padre/Abuelos/Tutor legal/Tutor simple).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Apoderada de nacionalidad chilena:

  • Certificado de nacimiento del postulante (todo trámite)
  • Cédula de identidad del postulante (en caso de tenerla).
  • Cédula de identidad de Madre/Padre/Abuela/Abuelo/Hermanas/Hermanos (según aplique).

Apoderada(o) nacionalidad extranjera:

  • Certificado de nacimiento del registro civil o certificado de nacimiento del país de origen del postulante.
  • Cédula de identidad del postulante (en caso de tenerla).
  • Cédula de identidad de Madre/Padre/Abuela/Abuelo/Hermanas/Hermanos (según aplique) .

En caso de solicitar vinculación de un tutor simple de forma presencial debe presentar, además:

-Declaración jurada simple firmada por el apoderado.

En caso de solicitar la vinculación como tutor (a) Legal, es necesario contar la documentación legal vigente que acredite el cuidado personal y/o tutoría legal de la (el) postulante.

-Inscripción de nacimiento del estudiante con sub-inscripción al margen, donde conste el acuerdo que determina el cuidado personal del menor.

-Escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, donde conste la determinación de la persona que debe ejercer el cuidado personal del menor (en caso de que ésta no haya sido sub-inscrita al margen de la inscripción de nacimiento en los términos del numeral anterior).

-Resolución judicial donde conste la determinación de la persona que debe ejercer de manera provisoria o definitiva el cuidado personal del menor.

 

¿Cómo y dónde hago el trámite?

-En la página web de Ayuda Mineduc - trámites en línea (solo hasta el 21 de noviembre)

Si no tiene clave única, puede solicitarla aquí.

-En las Oficinas de Ayuda Mineduc: revisa el horario de atención de las oficinas aquí.

 

¿Cuál es el plazo de respuesta si la solicitud se realiza a través del formulario disponible en línea?

El plazo de respuesta es de 7 días hábiles.

IMPORTANTE:

Si efectúa la solicitud vía web y desea participar del Periodo Principal de postulación (del 02 al 30 de agosto de 2024), deberá completar el formulario a más tardar hasta el día 23 de agosto a las 18:00 horas.

MÁS INFORMACIÓN

Visite  www.sistemadeadmisionescolar.cl

Llame al call center Ayuda Mineduc 600 600 2626 (para llamar desde celulares 442360047)

Infórmese a través de las redes sociales del sistema de admisión escolar:

Facebook: https://www.facebook.com/SistemaAdmisionEscol

Twitter: https://twitter.com/AdmisionEscolar

Instagram: https://www.instagram.com/Admisionescolar/

 

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