-A +A
Versión para impresión

Descripción: 

Fuente: Resolución exenta número 699, de 2023.- Modifica resolución N° 1.400 exenta, de 2022, que establece Plan Seguimos Cuidándonos

En coordinación con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud decidió la obligatoriedad del uso de la mascarilla en establecimientos para todos los mayores de 5 años en espacios cerrados. Los trabajadores y trabajadoras del nivel parvulario también deberán cumplir con esta obligación.

Esta medida rige desde el 15 de junio.

  1. ¿Quiénes deben utilizar mascarilla en los establecimientos educacionales?

Todas las personas mayores de 5 años, en actividades escolares realizadas en espacios cerrados dentro de establecimientos educacionales, de los niveles básico y medio, tanto públicos como privados.

  1.  ¿Quiénes deben utilizar mascarilla en el nivel parvulario?

Los trabajadores y trabajadoras del nivel parvulario. en espacios cerrados dentro de establecimiento.

  1. ¿Desde cuándo deben utilizar mascarilla?

La medida rige desde el 15 de junio. 

  1. ¿En qué lugares del establecimiento educacional se debe utilizar mascarilla?

En actividades escolares realizadas en espacios cerrados dentro de establecimientos educacionales, de los niveles básico y medio, tanto públicos como privados. 

  1. ¿los profesores/as también deben utilizar mascarilla?

Sí, ya que la normativa indica que para todas las personas mayores de 5 años en actividades escolares.

  1. ¿Se debe utilizar mascarilla en los patios o espacios abiertos de los establecimientos educacionales?

Las autoridades de Salud y Educación indicaron el uso en espacios cerrados y al interior de la sala de clases. Por lo anterior no existiría inconveniente de no utilizarla en espacios abiertos. Ahora bien, se presentan síntomas de alguna enfermedad respiratoria, se recomienda su uso permanente en el establecimiento. 

 

  1. ¿En los institutos o establecimientos de educación superior, también es obligatorio el uso?

No, ya que se indicó que deben utilizarla estudiantes de 5 a 18 años. No obstante lo anterior, se reitera la recomendación de usarla en espacios cerrados, aglomeraciones y en el caso de presentar síntomas de alguna enfermedad respiratoria.

  1. ¿Cuándo estará la normativa (decreto o circular) que informe de la obligatoriedad del uso de la mascarilla?

Se encuentra publicada en el Diario Oficial, desde el 15 de junio. Resolución exenta número 699, de 2023.- Modifica resolución N° 1.400 exenta, de 2022, que establece Plan Seguimos Cuidándonos 

  1. ¿Por qué se solicita esta medida en los establecimientos educacionales y no en otros lugares, como medios de transporte?

Esta medida, recomendada por especialistas, se funda en que la sala de clases es uno de los espacios de mayor riesgo, tanto por la edad de quienes acuden, como por el largo tiempo en un espacio cerrado, que en invierno es difícil de ventilar. A lo anterior, se agrega las consecuencias socioemocionales y educacionales para el desarrollo de convivencia, que traería medidas más drásticas, como la suspensión de clases. No obstante lo anterior, las medidas están en constante revisión y pueden ser modificadas dependiendo de la situación sanitaria. 

Finalmente, la no obligatoriedad del uso de la mascarilla en medios de transportes, aglomeraciones y otros espacios, se debe a que corresponde a medidas de autocuidado individual que debe adoptar la ciudadanía, como es también, el lavado frecuente de manos, ventilar los espacios cerrados periódicamente, toser y estornudar en el antebrazo, entre otras. 

  1. ¿En el gimnasio o en el casino del establecimiento educacional es obligatorio el uso de mascarilla?

Los gimnasios, casinos y otros espacios abiertos de establecimientos educacionales no será obligatorio el uso de mascarilla por el momento. No obstante lo anterior, recordamos que todas las medidas están en constante evaluación.

  1. ¿Existe alguna causal que exima el uso de mascarilla?

Sí, pueden eximirse o utilizarlas a tolerancia, aquellas personas cuya condición de salud o enfermedad, hagan que el uso de la mascarilla pueda afectar su salud o desarrollo. 

  1. ¿En el caso de inasistencia por enfermedad respiratoria, se requerirá certificado médico?

En el caso de los certificados médicos, las autoridades señalaron que confiarán en el criterio de los padres, madres y apoderados para dejar en casa a los estudiantes que estén enfermos, y que no exigirán este documento para no colapsar la red asistencial.

MÁS INFORMACIÓN

Llame al call center Ayuda Mineduc 600 600 2626