Descripción:
Condiciones mínimas de infraestructura, higiene y seguridad de un establecimiento
Los establecimientos deben contar con un local escolar que tenga las condiciones de capacidad, seguridad, higiene ambiental y salubridad suficientes para el número de estudiantes. Estas condiciones deben estar aprobadas por el Ministerio de Educación, quien otorga la autorización para funcionar como establecimiento educacional. En dicha autorización se establece la capacidad máxima autorizada de atención por jornada.
¿Cuándo la infraestructura de un establecimiento es deficiente?
Se puede establecer que las condiciones de infraestructura son deficientes cuando:
-Se pone en riesgo la integridad física (accidentes, enfermedades) de los estudiantes y del personal. (Ej. Escalera sin pasamanos, sala con vidrios rotos, muro con peligro de derrumbe, etc.).
-Las condiciones de infraestructura no permiten el desarrollo de las actividades escolares en forma apropiada (Ej. El Nº de alumnos excede la capacidad de la sala).
¿Qué condiciones de higiene debe cumplir un establecimiento?.
El establecimiento debe cumplir con condiciones de higiene ambiental, el cual debe ser certificado mediante una resolución emitida por la Secretaria Regional Ministerial de Salud respectiva.
¿Cuándo las condiciones de higiene o salubridad son deficientes en un establecimiento?.
Hay deficiencia cuando se pone en riesgo la salud de los estudiantes y el personal que cumple labores en el establecimiento. Por ejemplo, falta de servicios higiénicos (no son suficientes o están en mal estado, filtraciones de los baños, no tienen puerta, falta de duchas, etc.); carencia de agua potable; suciedad en lugares de manipulación de alimentos, presencia de ratones, etc.
¿Qué requisitos de mobiliario, material didáctico y elementos de enseñanza deben cumplir los establecimientos con reconocimiento oficial?
La Ley General de Educación establece como uno de los requisitos para obtener y mantener el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación, que los establecimientos dispongan de mobiliario, equipamiento, elementos de enseñanza y material didáctico mínimo adecuado al nivel y modalidad de la educación que pretenda impartir.
En el caso de la Educación Técnica Profesional, el equipamiento y maquinarias de enseñanza que se utilicen deberán estar debidamente adecuados a los niveles de desarrollo del área productiva o de servicios de que se trate.
Se establece que falta mobiliario para el nivel y modalidad, a través de la observación directa del fiscalizador de la Superintendencia de Educación (Ej. el número de sillas en una sala es inferior al número de alumnos del curso).
¿El establecimiento debe contar con un protocolo ante accidentes escolares?
Sí. El protocolo de accidentes escolares forma parte del Plan Específico de Seguridad con el que todo colegio debe contar, y cumple con la función de sistematizar una serie de acciones determinadas ante un accidente. En dicho protocolo se deben especificar claramente los procedimientos que se adoptarán y las responsabilidades del establecimiento en su conjunto, independiente de las alternativas con las que cada establecimiento educacional y cada familia cuenta para actuar frente a un accidente (si el accidentado tiene convenio con una clínica privada, con servicio de rescate móvil o el establecimiento educacional cuenta con estos servicios).
Si es necesario llevar a un/a estudiante a un centro asistencial, debe conocerse de antemano cuál es el que corresponde al domicilio de la escuela o liceo, quién será el responsable de llevar al estudiante y a través de qué medio.
Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud, en un formulario denominado Declaración Individual de Accidente Escolar, emitido por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) u otro documento similar aprobado por el respectivo servicio. Los padres, madres y apoderados deben ser informados por el establecimiento educacional siempre que ocurra un accidente escolar.
El procedimiento de comunicación debe estar claramente establecido en el protocolo de accidentes. La calificación de la gravedad de un accidente debe estar ponderada por una persona capacitada en primeros auxilios.
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