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Descripción: 

1. ¿Qué es la Matrícula Provisoria?

Para matricularse en forma definitiva en cursos superiores a primero básico, el estudiante deberá contar con:

El certificado aprobado del curso anterior al cual se va a matricular.

* Cuando no se cuenta con esta certificación, ya sea porque la persona realizó estudios en el extranjero, estudió en colegios sin reconocimiento oficial o porque ha estado fuera del sistema por distintos motivos (enfermedad, problemas familiares, trabajo, etc.), se debe solicitar al MINEDUC autorización para matricularse provisoriamente en el curso que le corresponda por edad o documentación escolar, mientras se efectúa el Reconocimiento de Estudios o se realiza Proceso de Validación, el cual permitirá certificar el último curso aprobado.

Importante: no se requiere Matrícula Provisoria para Prekinder, Kinder y 1° Básico.

2. ¿En qué casos corresponde autorizar matrícula provisoria?

Casos en los que corresponde autorizar Matricula Provisoria:

  • Niños, niñas, jóvenes y adultos, chilenos o extranjeros, que han realizado estudios en países en convenio con Chile y que cuentan con su documentación debidamente legalizada y/o apostillada (Alemania, Argentina, , Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Ecuador, España, Francia, Guatemala, Haití, Israel, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela) y que están realizando el trámite de "Reconocimiento de estudios".
  • Niños, niñas y jóvenes chilenos o extranjeros, que han realizado estudios en países sin convenio con Chile o en países con convenio, pero que no cuentan con su documentación escolar debidamente legalizada y/o apostillada. En estos casos, el colegio donde ha sido matriculado realiza un "Proceso de Validación", tomándole las pruebas del o los cursos efectuados en el extranjero.
  • Niños, niñas, jóvenes que han estado fuera del sistema, por distintos motivos (enfermedad, problemas familiares, trabajo, etc.), o han estudiado en colegios sin reconocimiento oficial, y quieren reincorporarse al sistema formal en el curso que le corresponde por edad. En estos casos, junto a la "Matrícula Provisoria" se autoriza un "Proceso de Validación".

 

3. ¿Qué vigencia tiene?

La matrícula provisoria es un documento de carácter temporal y tendrá una vigencia anual.

4. ¿Dónde se solicita?

A partir del año 2023, la solicitud de autorización de Matrícula Provisoria la realizará el mismo establecimiento donde se matriculará el/la estudiante, a través de un formulario en línea disponible en la zona privada del sitio https://www.comunidadescolar.cl/ .

-Las solicitudes ingresadas serán gestionadas dentro de un plazo de 10 días hábiles, por el respectivo Departamento Provincial de Educación, el cual enviará la autorización al establecimiento, en caso de corresponder.

5. ¿Dentro de que plazos el establecimiento puede solicitar Matrícula Provisoria?

A partir de diciembre de 2024, cuando se inicia el periodo de regularización del SAE para el año 2025 (Sistema de Admisión Escolar), los establecimientos podrán realizar la solicitud correspondiente, en caso de que se encuentren abiertos.

Los establecimientos deberán matricular en SIGE a los estudiantes que requieran autorización de Matrícula Provisoria junto con solicitar al MINEDUC la respectiva autorización. La duración del proceso de validación no deberá superar tres meses desde el momento de recibir al estudiante en calidad de provisional.  

6. ¿Cómo se define el curso de la matrícula provisoria?

- Si solicita reconocimiento de estudios, se le autorizará a matricularse provisoriamente, en el curso siguiente al último curso aprobado, de acuerdo con las respectivas tablas de equivalencia establecidas en los convenios.

- Si solicita proceso de validación de estudios, se determina de acuerdo con la edad del estudiante o con la documentación escolar que porte.

7. En el marco del nuevo Sistema de Admisión Escolar ¿En qué casos corresponde entregar matrícula provisoria?

Para todos aquellos estudiantes que se hayan matriculado en el establecimiento asignado a través del SAE, chilenos o extranjeros, con IPE o RUN, que no tengan certificado del curso anterior al que han postulado y que no cumplan o no puedan someter su documentación escolar para realizar Reconocimiento de Estudios, el establecimiento deberá solicitar a MINEDUC la autorización de  Matrícula Provisoria y Proceso de Validación, de tal manera de normalizar su situación académica.

8. En el caso de ciudadanos extranjero, ¿es necesario que el estudiante haya obtenido la cédula de identidad chilena para que solicite Matrícula Provisoria?

No, si no posee run nacional, debe solicitar un Identificador Provisorio Escolar. Con este número provisorio el estudiante podrá acceder a la Matrícula Provisoria, efectuar el trámite reconocimiento de estudios o que se autorice rendir proceso de validación.

MÁS INFORMACIÓN

• Llame al call center Ayuda MINEDUC 600 600 2626
 

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